Notitarde C.A. |
COFAVIC documentó diez casos correspondientes a personas asesinadas durante los sucesos del 11 de abril y presentó las denuncias correspondientes al Ministerio Público. De estos casos, siete pertenecen a hombres menores de 40 años; cinco murieron en la avenida Baralt, entre las esquinas de Muñoz y La Gorda; seis a causa de disparos de arma de fuego en la cabeza y ocho, según el testimonio de sus familiares, se encontraban en la marcha de la oposición. Con relación a los heridos, COFAVIC logró documentar ocho casos. Entre las principales heridas de las víctimas destacan disparos en los hombros y las piernas, dejándoles en varios casos incapacitados por meses. Con relación a los días posteriores al 11 de abril, COFAVIC tuvo conocimiento de cinco casos. Las víctimas, en su mayoría, fallecieron por heridas de armas de fuego en el cráneo y hasta la fecha las circunstancias de estas muertes tampoco han sido esclarecidas, ni juzgados los responsables. Estos casos, si se quiere, han gozado de una mayor impunidad porque no han contado con la atención pública suficiente, como ha ocurrido con respecto a las víctimas de los sucesos del 11 de abril. Las cifras manejadas por COFAVIC no son datos acabados ni pretenden sustituir los números oficiales, pero sí sirven para revelar la magnitud de los acontecimientos y el sufrimiento de las víctimas, agravado mucho más por la impunidad. Como bien se conoce, los graves delitos cometidos durante los sucesos de abril se mantienen impunes gracias a los fueros de impunidad que se han venido fortaleciendo y que constituyen en Venezuela garantías plenas para el crimen y la violencia. El flagelo de la impunidad es un asunto endémico que tiene varios años desarrollándose en el país gracias a la ausencia de Estado y a la falta de justicia. Los casos paradigmáticos sobran: el Caracazo, la masacre de El Amparo o los asesinatos en el Retén de Catia son muestras de la ineficacia crónica del Estado para ofrecer justicia y reparación a las víctimas. Sin embargo, hoy la impunidad se presenta de manera mucho más grotesca y descarada. En el pasado, los presuntos responsables de los crímenes huían, se cambiaban de labores, se escondían de la sociedad. Hoy se regocijan públicamente por sus actos y se saben amparados por el poder, avasallando sin tregua a la sociedad. Además de estos nuevos y gravísimos elementos que agudizan la impunidad y promueven el miedo de manera sistemática, también permanecen intactos los mecanismos crónicos que han afectado a la mayoría de los casos de violaciones a los derechos humanos en Venezuela. En el país, de diez investigaciones sobre delitos contra los derechos humanos, nueve no inician ni siquiera el proceso penal. Los mecanismos de impunidad son múltiples y persisten, desde el momento en que se comenten los crímenes, hasta la fase de las investigaciones. Durante la fase preliminar del procedimiento, se pueden señalar: los cambios de fiscales e investigadores criminales que iniciaron los casos, la asignación de fiscales sin experiencia reconocida en materia de derechos humanos, la falta de dotación de recursos indispensables para llevar a cabo los levantamientos periciales y pruebas determinantes para la adjudicación de responsabilidades, los errores u misiones de formalidades que cometen los representantes fiscales y la desinformación o suministro de datos inexactos para distraer las investigaciones. De igual manera destacan los intentos para deslegitimar a las víctimas, presentándose antecedentes penales o simulándose enfrentamientos que nunca ocurrieron. En la fase acusatoria también se pueden identificar algunos elementos diseñados para que prevalezca la impunidad: la no comparecencia de los presuntos responsables, la formulación de cargos por delitos muy inferiores a los cometidos; homicidio culposo, uso indebido de arma, etc. A esto se suman decisiones como sobreseimiento o penas que pueden ser objeto de beneficios para evadir el cumplimiento de la condena proporcional con los crímenes cometidos. Lo cierto es que, señalando sólo algunos de estos mecanismos de impunidad, se puede hacer una radiografía perfecta del recorrido de los casos de los sucesos de abril. Este injusto camino no sólo obstruye las posibilidades de reparación para las víctimas, sino que es una afrenta directa a toda la sociedad y sirve para multiplicar los casos de violaciones de los derechos humanos y debilitar la democracia. Concretamente con respecto a los crímenes de abril, ya se pueden establecer por lo menos dos delitos contra los derechos humanos cometidos por el Estado venezolano. En primer lugar, la no aplicación de medidas preventivas adecuadas que permitieran evitar los hechos. El Estado venezolano no ha podido explicar de manera fehaciente por qué no se llevaron a cabo los procedimientos previstos para garantizar el orden público y la vida de los participantes en las marchas políticas. Como bien se conoce, todo Estado democrático debe prever entre sus actuaciones regulares de control de orden público medidas diseñadas para impedir la violencia y preservar la paz. Entre los procedimientos mínimos están las actuaciones disuasivas de órganos como la Guardia Nacional, que deberían estar diseñadas luego de una observación situacional a fin de operar y restaurar el orden público comprometido. Estos actos equivalen a, entre otras cosas, colocar cordones humanos destacados en diversas zonas a modo de ir desgastando la posibilidad de que los manifestantes se acerquen a las zonas de conflicto y las acciones de dialogo con los dirigentes de los participantes de las protestas. Otras medidas son las observaciones aéreas para ubicar posibles francotiradores y la utilización de especialistas en contrarrestar estos de manera proporcional y en el marco del Derecho. Todo esto, bajo la coordinación de los distintos órganos encargados de la seguridad pública, para no multiplicar acciones y ser efectivos a la hora de la protección de los derechos humanos. Tomar estas acciones configura para los Estados democráticos una obligación ineludible del Estado, consagrada tanto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En segundo lugar, está la obligación que tiene el Estado de garantizar una justicia efectiva, transparente y oportuna a las víctimas. A casi cuatro meses de los sucesos, sólo estamos frente a retrocesos en materia de las investigaciones realizadas por las instancias venezolanas. Se mantiene una evidente denegación de justicia que configura el segundo delito cometido por el Estado venezolano. La justicia no es un valor negociable ni es una dádiva de los gobernantes, es una obligación que debe ser cumplida sin dilaciones. En Venezuela se ha demostrado, con la ausencia de pronunciamientos importantes por parte de las autoridades o por prejuicios expresados por éstas, que alcanzar justicia con relación a los sucesos de abril será muy difícil.
El futuro luce tremendamente desolador si sigue prevaleciendo la impunidad. Esta es la mayor y más grave amenaza que tiene el régimen democrático venezolano. Una democracia no se puede construir basada en la injusticia y al ocultamiento de la verdad. En Venezuela la pervivencia del régimen democrático esta unida al fortalecimiento de las instituciones y a la credibilidad que los ciudadanos tengan en éstas. La confianza institucional no se decreta -se construye en base a hechos- y los derechos humanos no resisten un doble estándar como el que se ha utilizado hasta ahora. La democracia venezolana tiene un desafío impostergable: fomentar institucionalidad y garantizar justicia. No hay otra salida para la buena salud del régimen democrático. êsa es su mayor garantía de supervivencia.
La impunidad tiene muchos efectos perversos en los sujetos directamente afectados y en la sociedad, por ello es imprescindible no permitir que se haga proselitismo político con el dolor de las víctimas y que su dolor se vea agudizado por falsas esperanzas. El respeto máximo a ellas debería ser un compromiso tácito para quienes apostamos con sinceridad por la justicia y la vida.
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